Sentencia N° 1388 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de julio de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1388, Exp. 06-0743, 17/07/2006
Expediente06-0743
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoConsulta
Fecha de la decisión2006-07-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió no admitir la consulta obligatoria relacionada con una decisión del Juzgado Superior Octavo Agrario del Estado Zulia, que había declarado inadmisible una acción de amparo constitucional. La consulta fue elevada después de la publicación de la decisión en Gaceta Oficial, lo que llevó a que la decisión original quedara firme. Se ordenó la remisión del expediente al tribunal de origen para su archivo.

Extracto de la motiva

Visto que, en el caso de autos, la consulta de la decisión dictada el 13 de junio de 2003, por el Juzgado Superior Octavo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, fue elevada después del 1° de julio de 2005, la presente consulta no será decidida. Por tanto, el fallo que fue objeto de la consulta a que se contraen estas actuaciones ha quedado definitivamente firme, razón por la que este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, acuerda la remisión de este expediente al Tribunal de la causa, sin más trámite, para su archivo.

Dispositiva

Por tanto, el fallo que fue objeto de la consulta a que se contraen estas actuaciones ha quedado definitivamente firme, razón por la que este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, acuerda la remisión de este expediente al Tribunal de la causa, sin más trámite, para su archivo. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

consulta obligatoriaamparo constitucionaldecisión firmeremisión de expedienteJuzgado Superior AgrarioGaceta OficialEstado Zulia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca