Sentencia N° 1384 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de agosto de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1384, Exp. 06-1764, 13/08/2008
Expediente06-1764
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-08-13
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria y ampliación de la sentencia N° 992, dictada el 27 de junio de 2008. La solicitud fue presentada por el Sindicato Profesional de Trabajadores Bolivarianos de la Pesca y otros, quienes buscaban aclarar aspectos relacionados con la reposición de un juicio de limitación de responsabilidad civil. La Sala declaró improcedente la solicitud, argumentando que la reposición abarca todos los juicios vinculados al derrame de fuel oil ocurrido en el Lago de Maracaibo.

Extracto de la motiva

Pasa esta Sala a decidir la solicitud planteada, para lo cual resulta menester analizar en primer término la tempestividad de la misma y, en tal sentido, se observa que, el fallo sobre el cual versa el presente pronunciamiento fue publicado el viernes 27 de junio de 2008, y la referida petición fue presentada el martes 1° de julio de 2008, es decir, el primer día de despacho siguiente a la publicación del fallo, por tanto, la Sala considera que fue interpuesta de manera tempestiva. Y así se declara. Precisado lo anterior, el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil alude, como lo ha señalado reiteradamente esta Sala, a la posibilidad jurídica de hacer correcciones a las sentencias a través de las aclaratorias, las salvaturas, las rectificaciones y las ampliaciones; que constituyen medios específicos con finalidades distintas relativas al esclarecimiento de las eventuales deficiencias de los fallos, sobre puntos dudosos, omisiones, rectificaciones de errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos que aparecieren de manifiesto en la sentencia, así como aquellas ampliaciones a que haya lugar, sin estar dirigida a impugnar o contradecir los efectos de lo decidido en el fallo. En tal sentido, cada uno de los medios de corrección de la sentencia, presenta su propia especificidad procesal, a pesar de que frecuentemente se les trate uniformemente, creándose así confusiones que pueden impedir el cabal conocimiento y decisión de la solicitud.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria y ampliación propuesta por el SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DE LA PESCA, SUS SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO ZULIA; así como por los ciudadanos ABRAHAM ESPINA, ADALBERTO ROMERO, ADALBERTO SOTO y otros, sobre la sentencia N° 992, dictada por esta Sala el 27 de junio de 2008.

Palabras clave

amparoaclaratoriaresponsabilidad civilderecho a la tutela judicialindemnizaciónsentenciajusticiaderechos adjetivos

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