Sentencia N° 1383 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de octubre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1383, Exp. 07-0654-0680, 21/10/2014
Expediente07-0654-0680
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2014-10-21
DecisiónNIEGA

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de homologación presentada por el abogado Gerald R. Buenavida en representación de Fernando Fraiz Trapote, en el contexto de acciones de amparo interpuestas por La Tele Televisión, C.A. y Julio César Gil. La Sala determinó que el poder presentado por Buenavida era insuficiente, ya que fue otorgado en nombre propio y no en representación de los accionantes. Por lo tanto, se niega la homologación solicitada por falta de representación adecuada.

Extracto de la motiva

Ahora bien, observa esta Sala que la presente acción de amparo constitucional fue presentada por el abogado José Rafael de Los Ríos, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano Alfredo Rodríguez Barrios, mas no puede evidenciarse que haya actuado en nombre y representación del hoy quejoso, bien mediante poder o a través del respectivo nombramiento y juramentación aludidos en el Código Orgánico Procesal Penal. Así las cosas, con fundamento en lo previsto en las sentencias supra transcritas y las consideraciones precedentemente expuestas, esta Sala estima que el abogado Gerald Buenavida acreditó ser apoderado judicial del ciudadano Fernando fraiz Trapote –como persona natural-, y no así de los accionantes en amparo, esto es, sociedad mercantil La Tele Televisión, C.A. y/o Julio César Gil, en su condición de Comisario de la referida sociedad de comercio, por lo que se niega la solicitud de homologación presentada el 17 de septiembre de 2014, por falta de representación de la parte accionante. Y así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: NIEGA la petición de homologación presentada, el 17 de septiembre de 2014, por el abogado Gerald Buenavida, en su carácter de apoderado judicial de Fernando Fraiz Trapote. Publíquese y Regístrese.

Palabras clave

amparorepresentaciónsociedadesderechosjusticiajurisprudencia

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