Sentencia N° 1381 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de julio de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1381, Exp. 08-0439, 30/10/2009
Expediente08-0439
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-07-23
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados de Jairo Alberto Ojeda Briceño, quien alegó violaciones a sus derechos fundamentales durante el proceso penal por el delito de secuestro. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación contra la decisión del Juzgado Séptimo de Control, lo que motivó la acción de amparo. La Sala concluyó que el Ministerio Público no cumplió con el deber de imputación formal, lo que vulneró el derecho a la defensa y al debido proceso del quejoso.

Extracto de la motiva

La Sala considera que Imputar significa, ordinariamente, atribuir a alguien la responsabilidad de un hecho reprobable, concretamente, adjudicar a una determinada persona la comisión de un hecho punible, siendo el presupuesto necesario para ello, que existan indicios racionales de criminalidad contra tal persona; mientras que imputado, obviamente, es aquel a quien se le atribuye ese hecho. De cara a nuestro ordenamiento procesal penal (artículo 124 del Código Orgánico Procesal Penal), imputado es toda persona a quien se le señale como autor o partícipe de un hecho punible, mediante un acto de procedimiento efectuado por las autoridades encargadas de la persecución penal. No se requiere de un auto declarativo de la condición de imputado, sino de cualquier actividad de investigación criminal, mediante la cual a una persona se le considere como autor o partícipe.

Dispositiva

Por las consideraciones precedentemente expuestas, se declara con lugar la solicitud de amparo constitucional interpuesta por los abogados defensores del ciudadano Jairo Alberto Ojeda Briceño, y se ordena la nulidad de los actos realizados en contravención a las normas del proceso, reponiendo la causa al estado de que el Ministerio Público realice el acto de imputación con apego a las garantías constitucionales.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho a la defensadebido procesoimputaciónCorte de Apelaciones

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