Sentencia N° 1380 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de octubre de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 1380, Exp. 23-0807, 09/10/2023
Expediente23-0807
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-10-09
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, decidió sobre la solicitud de revisión constitucional presentada por Indira Millán en representación de Ricardo De Armas Dávila. La solicitud se refería a la sentencia N° 194 dictada por la Sala de Casación Penal, que desestimó un recurso de casación penal. La Sala Constitucional determinó que no había lugar para la revisión, argumentando que la decisión de la Sala de Casación Penal se ajustaba a derecho y no vulneraba derechos fundamentales.
Extracto de la motiva
En consecuencia, por todos los razonamientos expuestos esta Sala de Casación Penal debido a la falta de técnica recursiva, y la deficiente fundamentación de la denuncia presentada, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADA, la única denuncia del recurso de casación interpuesto por el abogado Miguel Llamozas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 145.216, en su condición de apoderado judicial de la víctima ciudadano Héctor Armas Palma, de acuerdo con lo previsto en los artículos 454 y 457, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Dispositiva
NO HA LUGAR a la solicitud de revisión ejercida contra la sentencia n.° 194, dictada el 26 de mayo de 2023, por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en la causa n.° AA30P2023-000145.
Palabras clave
recurso de casaciónfalta de técnica recursivadenuncia infundadaCódigo Orgánico Procesal Penalprincipio de utilidad