Sentencia N° 1380 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de octubre de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1380, Exp. 13-0200, 16/10/2013
Expediente13-0200
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-10-16
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara terminado el procedimiento de amparo constitucional interpuesto por Ely Omar Pernía Sánchez, debido al abandono del trámite por parte del accionante. La decisión cuestionada fue la dictada el 28 de agosto de 2012 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, que declaró inadmisible el recurso de apelación del demandante. La Sala observó que desde la interposición del amparo el 6 de marzo de 2013, no hubo impulso procesal por parte del accionante, lo que llevó a concluir que no existía interés en continuar con el proceso.
Extracto de la motiva
motivación de sentencia. Que resulta evidente que la decisión cuestionada lesionó sus derechos constitucionales relativos a la defensa y al debido proceso, lo que “da lugar a que sea declarada la nulidad absoluta de dicha decisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de nuestra carta magna (sic)”. Luego de citar amplia jurisprudencia de esta Sala Constitucional, así como citar varios artículos del Código Orgánico Procesal Penal, solicitó la admisión del amparo ejercido por cuanto el mismo –a su decir- fue interpuesto en el tiempo legalmente hábil para ello, toda vez que la decisión cuestionada dictada el 28 de agosto de 2012 le fue notificada el 4 de octubre de 2012. Finalmente, solicitó medida cautelar innominada relativa a la suspensión de los efectos de la decisión dictada el 28 de agosto de 2012 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, respecto del amparo constitucional ejercido por el ciudadano ELY OMAR PERNÍA SÁNCHEZ, asistido por el abogado José Enrique Pernía Sánchez, contra la decisión dictada el 28 de agosto de 2012 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. Se IMPONE a la parte accionante una multa por la cantidad de CINCO BOLÍVARES (Bs. 5,oo), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en cualquier institución financiera receptora de fondos nacionales, lo cual deberá acreditar mediante la consignación en autos del comprobante correspondiente, dentro de los cinco días siguientes a su notificación, más el término de la distancia, que en el presente caso es de nueve (09) días, o en todo caso, ante la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, la cual deberá informar a esta Sala el cumplimiento de dicha obligación.