Sentencia N° 1379 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de diciembre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 1379, Exp. 24-0249, 12/12/2024
Expediente24-0249
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-12-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Pablo Rodríguez Brito, en representación de la Organización con Fines Políticos Movimiento Republicano, contra la omisión de pronunciamiento de la Sala Electoral. La decisión se fundamenta en la prohibición expresa de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, que impide la admisión de acciones de amparo contra decisiones de este Tribunal.
Extracto de la motiva
Conforme con la norma y fallos antes transcritos es claro que no es posible la incoación del amparo constitucional contra una omisión de la Sala Electoral de este Tribunal Supremo de Justicia, ya que existe una prohibición expresa de la ley que rige ese medio de tutela constitucional, en cuanto a la admisión de la acción de amparo cuando tenga por objeto un acto u omisión de juzgamiento de alguna de las Salas de este máximo organismo jurisdiccional. En conclusión, la acción de amparo constitucional interpuesta contra la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, se declara inadmisible de conformidad con lo previsto en el numeral 6 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JUAN PABLO RODRÍGUEZ BRITO, actuando en nombre y en representación de la Organización con Fines Políticos Movimiento Republicano, debidamente asistido por el abogado Jairo de Jesús Rodríguez Ramos, contra la omisión de pronunciamiento por parte de la Sala Electoral de este Tribunal Supremo de Justicia.