Sentencia N° 1379 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de noviembre de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1379, Exp. 15-0684, 13/11/2015
Expediente15-0684
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-11-13
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 13 de noviembre de 2015, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Virgilio Acosta, en representación de Jean Carlos Medina Negrín, contra la decisión del Juzgado Superior Primero que había declarado inadmisible la acción de amparo. La inadmisibilidad se fundamentó en la falta de presentación de la copia certificada del fallo que se alegaba lesivo a los derechos constitucionales del menor. La Sala consideró que la parte accionante no cumplió con la carga procesal de aportar dicho documento, lo que llevó a la confirmación del fallo apelado.
Extracto de la motiva
La Sala verifica que la parte accionante no consignó hasta el momento de la celebración de la audiencia constitucional, copia certificada del fallo que denunció como lesivo de sus derechos constitucionales. En este sentido, la jurisprudencia primigenia y reiterada de esta Sala ha establecido que es una carga procesal del accionante aportar copia certificada del fallo que se pretende accionar, lo cual no puede ser suplido por el Juez de la causa, a menos que se demuestre la imposibilidad material de obtenerla. Por tanto, el incumplimiento de este requisito acarrea la inadmisibilidad de la acción.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación de la sentencia dictada el 19 de mayo de 2015 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, interpuesto por el abogado Virgilio Acosta, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JEAN CARLOS MEDINA NEGRÍN, y en consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado.