Sentencia N° 1376 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de octubre de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1376, Exp. 21-0511, 09/10/2023
Expediente21-0511
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-10-09
DecisiónHomologa el desistimiento

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia homologó el desistimiento de la solicitud de revisión constitucional presentada por Pedro Francisco Grespan Muñoz, en su calidad de Presidente de la sociedad mercantil Corporación Díaz Torres, C.A. La solicitud de revisión se refería a una sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Aragua, que declaró con lugar una demanda por prescripción adquisitiva. El desistimiento fue considerado válido y cumplió con los requisitos legales establecidos en el Código de Procedimiento Civil.

Extracto de la motiva

En el presente caso y de los hechos narrados se evidencia que estamos en presencia de una posesión que aducen los demandantes en su interés de la consolidación de la posesión legítima, en el hecho de que la relación material directa que existe entre ellos y la cosa de autos, ha sido continua desde hace más de veinte (20) años y en momento alguno han abandonado su ejercicio por hecho propio ni por ningún otro, ni mucho menos ha reconocido el derecho de terceros a poseer, permaneciendo siempre inmutable en el uso y realización de los actos que corresponden a unos verdaderos propietarios, por lo que, quién aquí decide, observa que la parte actora, en el ejercicio del derecho que le asiste por ser poseedores legítimos, es decir, que ha tenido una posesión útil del inmueble de...

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley declara HOMOLOGA el desistimiento que hizo el ciudadano PEDRO FRANCISCO GRESPAN MUÑOZ, en su condición de Presidente de la sociedad mercantil “CORPORACIÓN DÍAZ TORRES, C.A.”, de la solicitud de revisión constitucional de la sentencia conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos de la sentencia definitivamente firme dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 18 de noviembre de 2020.

Palabras clave

desistimientorevisión constitucionalprescripción adquisitiva

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