Sentencia N° 1376 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de junio de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1376, Exp. 09-0809, 29/10/2009
Expediente09-0809
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-06-29
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de amparo constitucional interpuesto por Ana Rosa Lara contra una decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Yaracuy que declaró inadmisible su acción de tutela. La Sala, tras analizar los antecedentes y la naturaleza del caso, concluyó que la acción de amparo era inadmisible debido a que la situación denunciada era irreparable, ya que la entrega material del inmueble objeto del litigio ya se había realizado. La Sala reafirmó que el amparo no puede ser utilizado para revertir decisiones ya ejecutadas.

Extracto de la motiva

Examinados los argumentos vertidos por el apoderado judicial de la accionante, así como los recaudos que acompañan la solicitud de tutela constitucional, esta Sala para decidir observa: Respecto de la tempestividad del recurso de apelación ejercido, observa la Sala que según el cómputo contenido en el auto del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy del 19 de junio de 2009 -conforme al criterio sentado por esta Sala en su sentencia N° 3.027 del 14 de octubre de 2005, caso: “César Armando Caldera Oropeza”, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.314 del 15 de noviembre de 2005-, se dejó constancia que “(…) desde el día 15 de junio de 2009, fecha en la que correspondió (sic) la publicación de la sentencia apelada, transcurrieron tres (3) días hábiles determinados así: 16, 17 y 18 de junio de 2009 (…)”. Siendo que el anotado medio de impugnación fue interpuesto el 18 de ese mismo mes y año, se tiene como válida su incoación conforme a la regla procesal contenida en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y así se declara.

Dispositiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de lo expuesto, declara SIN LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por Ana Rosa Lara contra la decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, que declaró inadmisible la pretensión de tutela constitucional.

Palabras clave

amparoapelaciónjurisprudenciaderechosgarantíasconstitucionalseguridad jurídica

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