Sentencia N° 137 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de febrero de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 137, Exp. 12-1195, 26/02/2013
Expediente12-1195
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-02-26
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados en el Estado Monagas, relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por Rita Delfina Guerra Aguilera contra Fuller Mantenimiento, C.A. La acción se basó en la negativa de la empresa a cumplir una providencia administrativa que ordenaba su reenganche y el pago de salarios caídos. La Sala declaró competente al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo para conocer la acción de amparo, remitiendo el expediente a dicho tribunal. La decisión se fundamentó en la interpretación de la normativa aplicable y en la necesidad de garantizar el derecho al trabajo de la accionante, en concordancia con los artículos 87, 89 y 93 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La Sala también hizo un llamado de atención al Juzgado que había remitido el caso a la Sala Plena, recordando que corresponde a la Sala Constitucional dirimir conflictos de competencia en materia de amparo. Finalmente, se ordenó la remisión del expediente al Juzgado correspondiente para que se continúe con el conocimiento de la acción de amparo, asegurando así el acceso a la justicia y la protección de los derechos fundamentales de la ciudadana demandante.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, emite los pronunciamientos siguientes: 1) ACEPTA la declinatoria de competencia efectuada por la Sala Especial Primera de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. 2) Se declara COMPETENTE para dirimir el presente conflicto negativo de competencia. 3) Declara COMPETENTE para el conocimiento y decisión de la acción de amparo constitucional ejercida por la ciudadana RITA DELFINA GUERRA AGUILERA, asistida por la Procuradora Especial de Trabajadores, abogada Yasmore Peña, contra “Fuller Mantenimiento, C.A”, por la negativa de la prenombrada compañía anónima, de dar cumplimiento a la providencia administrativa dictada, el 18 de agosto de 2009, por la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas con sede en la ciudad de Maturín, mediante la cual declaró con lugar su solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, al cual debe ser remitido el presente expediente.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, emite los pronunciamientos siguientes: 1) ACEPTA la declinatoria de competencia efectuada por la Sala Especial Primera de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. 2) Se declara COMPETENTE para dirimir el presente conflicto negativo de competencia. 3) Declara COMPETENTE para el conocimiento y decisión de la acción de amparo constitucional ejercida por la ciudadana RITA DELFINA GUERRA AGUILERA, asistida por la Procuradora Especial de Trabajadores, abogada Yasmore Peña, contra “Fuller Mantenimiento, C.A”, por la negativa de la prenombrada compañía anónima, de dar cumplimiento a la providencia administrativa dictada, el 18 de agosto de 2009, por la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas con sede en la ciudad de Maturín, mediante la cual declaró con lugar su solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, al cual debe ser remitido el presente expediente.

Palabras clave

conflicto de competenciaamparo constitucionalderecho al trabajoreenganchesalarios caídos

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca