Sentencia N° 1365 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de agosto de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 1365, Exp. 23-0598, 07/08/2025
Expediente23-0598
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-08-07
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia N° 0702, se declaró competente para conocer la revisión constitucional solicitada por Jorge Luis Hernández Malavé, quien impugnó la decisión de la Sala de Casación Civil que declaró perecido su recurso de casación. La Sala Constitucional, tras analizar los alegatos, concluyó que no se vulneraron derechos constitucionales y que la decisión de la Sala de Casación Civil se ajustó a derecho, por lo que no ha lugar la solicitud de revisión.
Extracto de la motiva
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR Establecida como ha sido la competencia para conocer de la presente causa y constatado en autos que el fallo objeto de la solicitud que nos ocupa tiene el carácter de definitivamente firme, de seguidas procede esta Sala a emitir su pronunciamiento de fondo, lo cual realiza en los siguientes términos: La revisión que hace referencia el numeral 10 del artículo 336 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la ejerce de manera facultativa esta Sala Constitucional, siendo discrecional entrar al análisis de los fallos sometidos a su IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 6 de 14
Dispositiva
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la revisión propuesta. SEGUNDO: NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por el abogado Luís Ramón González Rivas, actuando como apoderado judicial del ciudadano Jorge Luís Hernández Malavé, contra la sentencia N° 529 publicada el 14 de octubre de 2021, por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
revisiónconstitucionaljurisprudenciasentenciasderechosdebido proceso