Sentencia N° 1362 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de octubre de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1362, Exp. 09-0837, 19/10/2009
Expediente09-0837
PonenteMARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-10-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Julio Corrochano Gutiérrez contra una decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario del Estado Carabobo. La apelación fue presentada por el abogado Luis Mago Corrochano tras la declaración de improcedencia de la acción de amparo. La Sala solicitó información adicional al juzgado remitente para evaluar la tempestividad del recurso de apelación.

Extracto de la motiva

La Sala observa que entre los días 16 y 17 de junio de 2009, se celebró en el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la audiencia constitucional con ocasión a la acción de amparo intentada por los apoderados judiciales del ciudadano Julio Corrochano Gutiérrez, reservándose dicho juzgado superior el lapso para publicar el fallo, siendo publicado el mismo en definitiva el 25 de junio de 2009, apreciándose que la parte quejosa apeló de la referida sentencia el 1 de julio de 2009. Siendo ello así, esta Sala antes de pronunciarse sobre el recurso de apelación sometido a su conocimiento, estima necesario solicitar del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, se sirva remitir el cómputo de los días hábiles (ver. sentencia No. 3027 del 14 de octubre de 2005, caso César Armando Caldera Oropeza) que transcurrieron desde que publicó el extenso de la sentencia el 25 de junio de 2009 hasta la oportunidad en la que interpuso –la parte quejosa- el recurso de apelación el 1 de julio de 2009.

Dispositiva

Publíquese, comuníquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparoapelacióncontratoarrendamientojusticiaprocedimiento

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