Sentencia N° 1360 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de octubre de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1360, Exp. 12-0697, 22/10/2012
Expediente12-0697
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-10-22
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 22 de octubre de 2012, se pronunció sobre la solicitud de revisión de la sentencia N° 37 dictada por la Sala Electoral el 13 de marzo de 2012. Los ciudadanos Miguel Angel Moyetones y Ne Narváez, asistidos por el abogado Carlos Guevara, argumentaron que no pudieron obtener copia certificada de la decisión objeto de revisión, lo que motivó la inadmisibilidad de su solicitud. La Sala, reconociendo la falta de cumplimiento de la carga procesal, decidió ordenar a la Sala Electoral que remitiera copia certificada de las decisiones pertinentes en un plazo de dos días hábiles.
Extracto de la motiva
Ello así, es doctrina inveterada de este Máximo Órgano Jurisdiccional que las solicitudes de revisión constitucional deben estar acompañadas de copia certificada de la sentencia objeto de revisión (vid. sentencia n° 157 del 2-02-05, caso: Grazia Tornatore de Morreale, y n° 816 del 11-05-05, caso: Tannous Fouad Gerges) y, que en consecuencia, cuando no se cumple con dicha carga procesal, debe declararse la inadmisibilidad la solicitud. No obstante, los actores señalan en su escrito que no les ha sido posible tener copia certificada de la decisión sometida a revisión y, para soportar su argumento, consignan copias de sendas diligencias presentadas ante la Secretaría de la Sala Electoral de este Alto Tribunal donde efectivamente solicitan las respectivas copias.
Dispositiva
En consecuencia, se ordena a la Sala Electoral de este Máximo Tribunal, que en el lapso de dos (2) días hábiles, siguientes a la recepción del presente auto, remita copia certificada de las referidas decisiones. Ofíciese lo conducente.