Sentencia N° 1360 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de agosto de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1360, Exp. 07-1176, 13/08/2008
Expediente07-1176
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-08-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 13 de agosto de 2008, declaró sin lugar la solicitud de revisión de las sentencias dictadas por el Juzgado Sexto de Primera Instancia y el Juzgado Superior Quinto, en el juicio de nulidad de venta interpuesto por Elizabeth Amalia Padrón Trigo. La Sala concluyó que no se evidenció la vulneración de derechos constitucionales ni errores en la interpretación de las normas, y que los alegatos presentados no fueron objeto de juzgamiento en las instancias anteriores. Se reafirmó que la relación concubinaria no puede ser alegada mientras exista un vínculo matrimonial vigente.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional formulada por el abogado Jorge Luis Socas González, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Elizabeth Amalia Padrón Trigo, de las sentencias dictadas por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 6 de noviembre de 2003, y por el Juzgado Superior Quinto de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 28 de febrero de 2005 y el 9 de abril de 2007.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional formulada por el abogado Jorge Luis Socas González, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Elizabeth Amalia Padrón Trigo, de las sentencias dictadas por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 6 de noviembre de 2003, y por el Juzgado Superior Quinto de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 28 de febrero de 2005 y el 9 de abril de 2007.

Palabras clave

nulidad de ventarevisión constitucionalconcubinatoderechos de familiaCódigo Civilsentenciasprotección constitucionalsimulación

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