Sentencia N° 1360 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de junio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1360, Exp. 07-0136, 28/06/2007
Expediente07-0136
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Manuel Poleo Cabrera, actuando en su carácter de Juez del Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. La decisión impugnada había declarado con lugar la acción de amparo constitucional presentada por Oscar Gerardo Canino Andrade. La Sala fundamenta su decisión en la falta de legitimación del apelante, quien no se encuentra en una situación jurídica que le cause gravamen por la decisión recurrida.

Extracto de la motiva

Conforme a lo dispuesto en los artículos 266.1 y 336.11 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la Disposición Derogatoria, Transitoria y Final, letra b de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, corresponde a la Sala Constitucional conocer las apelaciones de las sentencias provenientes de los juzgados o tribunales superiores de la República (salvo los contencioso administrativos), las cortes de lo contencioso administrativo, y las cortes de apelaciones en lo penal, en tanto su conocimiento no estuviere atribuido a otro tribunal, cuando ellos conozcan la acción de amparo en primera instancia. En razón de ello, esta Sala es competente para conocer y decidir el presente recurso de apelación. Ahora bien, en casos similares a éste, en los que el juez señalado como agraviante ha pretendido impugnar, a través del recurso de apelación previsto en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la decisión que declara con lugar la acción de amparo constitucional, esta Sala ha decidido, reiteradamente, la inadmisibilidad de tal recurso.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto, el 26 de diciembre de 2006, por el abogado José Manuel Poleo Cabrera, actuando en su carácter de Juez del Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, y “en representación” de ese Tribunal, contra la decisión dictada, el 21 de diciembre de 2006, por la Sala Séptima de la Corte de Apelaciones de ese mismo Circuito Judicial Penal, que declaró con lugar la antedicha acción de amparo presentada por el ciudadano Oscar Gerardo Canino Andrade.

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