Sentencia N° 136 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de febrero de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 136, Exp. 12-0158, 26/02/2013
Expediente12-0158
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-02-26
DecisiónINADMISIBLE por falta de legitimación la acción de amparo constitucional interpuesta

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Neida Evelides Chacón de Valiente contra los fallos del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Zulia, por falta de legitimación. La Sala revisa de oficio las decisiones impugnadas y anula los fallos del 30 de mayo y 15 de junio de 2011, declarando firme la decisión del 5 de abril de 2011 que había declarado con lugar la demanda de resolución de contrato de arrendamiento. Se argumenta que el Juzgado Superior actuó fuera de su competencia al modificar la decisión de primera instancia.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Neida Evelides Chacón de Valiente, revisa las decisiones del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que declararon inadmisible el recurso de apelación y la demanda de resolución de contrato de arrendamiento. Se establece que el Juzgado Superior incurrió en un error al considerar que la acción era inadmisible por falta de legitimación, ya que la parte actora no presentó el poder correspondiente para actuar en el juicio. La Sala, al ejercer su potestad de revisión, anula las decisiones impugnadas y declara firme la decisión de primera instancia, resaltando la importancia del derecho a la tutela judicial efectiva y el debido proceso.

Dispositiva

PRIMERO: INADMISIBLE por falta de legitimación la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Wilmer Rafael Saballe contra los fallos dictados por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas el 30 de mayo de 2011 y el 15 de junio de 2011, mediante los que declaró: i) inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la hoy parte actora e; ii) inadmisible la demanda de resolución de contrato de arrendamiento interpuesta por la referida accionante contra el ciudadano Pedro José Espinoza Araujo, anulando el fallo dictado el 5 de abril de 2011 por el Juzgado del Municipio Baralt de esa Circunscripción Judicial. SEGUNDO: REVISA DE OFICIO los fallos dictados el 30 de mayo de 2011 y el 15 de junio de 2011 por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, los cuales declara nulos y en consecuencia declara firme la decisión dictada el 5 de abril de 2011 por el Juzgado del Municipio Baralt de esa Circunscripción Judicial, con sede en Cabimas.

Palabras clave

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