Sentencia N° 136 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de febrero de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 136, Exp. 07-1278, 19/02/2009
Expediente07-1278
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2009-02-19
DecisiónConsumada la perención y extinguida la instancia

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la competencia para conocer la solicitud de revisión de la sentencia número 605, dictada por la Sala de Casación Social. Se establece que la Sala tiene la potestad de revisar sentencias firmes de amparo constitucional y control de constitucionalidad, según lo estipulado en la Constitución y la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. La Sala declara consumada la perención de la instancia debido a la inactividad procesal durante más de un año.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala determinar su competencia para conocer de la presente solicitud de revisión y, a tal efecto, advierte que el artículo 336.10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, le atribuye a esta Sala Constitucional la potestad de 'revisar las sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional y de control de constitucionalidad de leyes o normas jurídicas dictadas por los tribunales de la República, en los términos establecidos por la ley orgánica respectiva'. Tal potestad de revisión de decisiones definitivamente firmes abarca tanto fallos que hayan sido pronunciados por las otras Salas del Tribunal Supremo de Justicia (artículo 5.4 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia) como por los demás tribunales de la República (artículo 5.16 eiusdem), pues la intención final es que la Sala Constitucional ejerza su atribución de máximo intérprete de la Constitución, según lo que establece el artículo 335 del Texto Fundamental.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el abogado Jesús Alberto Vásquez Mancera, con carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE ESPINOZA MIRANDA, de la sentencia número 605, que dictó, el 26 de marzo de 2007, la Sala de Casación Social de este Máximo Tribunal. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

perenciónrevisiónconstitucionalidadinstanciaCódigo de Procedimiento Civilsentenciascompetencia

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