Sentencia N° 1356 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de octubre de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1356, Exp. 24-0321, 10/12/2024
Expediente24-0321
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-10-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia nº 0571 dictada el 6 de octubre de 2023 por la Sala de Casación Civil, que declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Víctor José Suárez Barrientos. La revisión se solicitó por el abogado José Tomas Barrios Medina, quien argumentó que la sentencia carecía de motivación razonada y violaba principios fundamentales del debido proceso. Sin embargo, la Sala Constitucional determinó que no existía un error evidente en la interpretación de la Constitución y que la decisión de la Sala de Casación Civil era válida, por lo que declaró sin lugar la solicitud de revisión.

Extracto de la motiva

motivación distinta la sentencia dictada el 14 de octubre de 2022, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con sede en la ciudad de Maturín, relativa a juicio de nulidad de acta de asamblea y de asiento registral. En esa misma fecha, se dio cuenta en Sala y se designó ponente a la Magistrada Dra. Michel Adriana Velásquez Grillet, quien con tal carácter suscribe la presente decisión. El 10 de julio de 2024, comparece ante esta Sala el abogado José Tomas Barrios Medina, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Víctor José Suarez Barrientos (ambos plenamente identificados ut supra), a los fines de consignar documentación. El 14 de octubre de 2024, visto el beneficio de jubilación otorgado por la Sala Plena a la Magistrada Dra. Gladys María Gutiérrez Alvarado y la incorporación de la IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 1 de 37 magistrada Dra. Janette Trinidad Córdova Castro, esta Sala quedó constituida de la siguiente manera: Magistrada Dra. Tania D’Amelio Cardiet, Presidenta; Magistrada Lourdes Benicia Suárez Anderson, Vicepresidenta; el Magistrado y Magistradas Luis Fernando Damiani Bustillos, Michel Adriana Velásquez Grillet y Janette Trinidad Córdova Castro. El 12 de noviembre de 2024, comparece ante esta Sala el ciudadano Víctor José Suarez Barrientos (previamente identificado), asistido de la abogada Jean Carla del Valle Rengel Larez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nº. 277.917, solicitando pronunciamiento. Realizado el análisis correspondiente, esta Sala procede a emitir decisión, previa las siguientes consideraciones: I DE LOS FUNDAMENTOS DE LA SOLICITUD DE REVISIÓN El apoderado del solicitante pretende, tal como se indicó ut supra, la revisión constitucional de la sentencia dictada el 6 de octubre de 2023, por la Sala de Casación Civil, en el expediente signado con el alfanumérico AA20-C-2023-0

Dispositiva

NO HA LUGAR la presente solicitud de revisión interpuesta el 4 de abril de 2024, por el abogado José Tomas Barrios Medina, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Víctor José Suarez Barrientos.

Palabras clave

revisión constitucionalsentenciacasación civildue processjusticia

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