Sentencia N° 1355 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de abril de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 1355, Exp. 04-1514, 27/06/2005
Expediente04-1514
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2005-04-13
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar las apelaciones interpuestas por los abogados Alberto Barroso Maitha y la Jueza Maritza Sierra Vásquez, en contra de una decisión que había declarado con lugar una acción de amparo. La Sala confirmó parcialmente la decisión del juzgado inferior y desestimó los argumentos de la parte apelante, considerando que la acción de amparo era procedente. Además, se resolvió una solicitud de aclaratoria presentada por el abogado Barroso, la cual fue considerada improcedente.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala Constitucional resolver, en esta oportunidad, la solicitud de aclaratoria presentada de la sentencia N° 463 dictada por esta Sala el 13 de abril de 2005, en los siguientes términos: En principio, observa la Sala que, el abogado Alberto Barroso Maitha, se dio por notificado el 14 de abril de 2005, solicitando en esa misma oportunidad la aclaratoria de la sentencia dictada el 13 de abril de 2005, es decir, el mismo día de despacho en que se dio por notificado de dicha sentencia, en razón de lo cual, se considera tempestiva la presente solicitud de aclaratoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al caso por disposición del artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y así se declara. Al respecto, se estima conveniente señalar que la figura de la aclaratoria se encuentra dirigida, a precisar algún aspecto del fallo que hubiere quedado ambiguo u oscuro, o simplemente que no haya quedado claro su alcance en el texto de la sentencia; asimismo, la aclaratoria permite corregir los errores materiales en que haya podido incurrir la sentencia, siendo imposible su revocatoria o reforma (sentencia del 9-03-01, Caso: Luis Morales Bance). En el presente caso, se observa que dicha solicitud lejos de aclarar un punto ambiguo u oscuro, pretende un pronunciamiento adicional sobre el fallo proferido, lo cual vendría a constituir una solicitud de ampliación y no de aclaratoria como erradamente lo calificó la solicitante.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de ampliación de la sentencia que dictó esta Sala el 13 de abril de 2004, formulada por el abogado Alberto Barroso Maitha. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparoapelacionescosa juzgadaejecución de hipotecadecisión judicialderechos constitucionalesproceso civil