Sentencia N° 1350 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de agosto de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 1350, Exp. 11-0014, 05/08/2011
Expediente11-0014
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-08-05
DecisiónHA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° 930 de la Sala Político Administrativa, que declaró desistida la apelación interpuesta por las sociedades Desarrollo Las Américas, C.A. e Inversiones 431.799, C.A. La revisión se fundamentó en la supuesta violación de derechos a la defensa y a la tutela judicial efectiva, argumentando que la fundamentación de la apelación se realizó de manera anticipada. La Sala concluyó que la decisión de desistimiento fue un exceso de formalismo y que la apelación debía ser considerada válida.

Extracto de la motiva

La Sala ha establecido que la facultad de revisión constitucional no debe ser entendida como una nueva instancia y, por tanto, la solicitud en cuestión se admitirá sólo a los fines de preservar la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales o cuando exista una deliberada violación de preceptos de ese rango. En el caso de autos, se observa que la declaratoria del desistimiento de la apelación por parte del ad quem tuvo lugar a consecuencia del supuesto incumplimiento de la fundamentación de la apelación incoada. Sin embargo, se concluye que la carga procesal de fundamentación de las apelaciones contencioso administrativas puede cumplirse de modo paralelo a la manifestación del interés de la parte afectada en atacar ante la alzada el fallo gravoso, permitiendo así el acceso al doble grado de jurisdicción.

Dispositiva

1.- HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por Juan Luis Núñez García, actuando con el carácter de apoderado judicial de las sociedades mercantiles DESARROLLO LAS AMÉRICAS, C.A., e INVERSIONES 431.799, C.A., contra la sentencia dictada por la Sala Político Administrativa de este Alto Tribunal el 29 de septiembre de 2010, signada con el N° 930, mediante la cual declaró desistida la apelación incoada contra la sentencia Nº 297 dictada el 7 de mayo de 2010 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que decretó la ocupación previa en el procedimiento de expropiación presentada por el Municipio San Francisco del Estado Zulia sobre unos terrenos ubicados en la Parroquia Francisco Ochoa del referido Municipio. 2.- ANULA el mencionado fallo de la Sala Político Administrativa de este Alto Tribunal y, se ORDENA que se dicte nueva decisión tomando en consideración la doctrina establecida en la presente sentencia. 3.- ORDENA la publicación de la presente decisión en la Gaceta Judicial, así como de un extracto en la página web de este Máximo Tribunal.

Palabras clave

revisión constitucionalpoder judiciallegitimaciónconstitucióntribunal supremo

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