Sentencia N° 1350 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de mayo de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 1350, Exp. 02-1478, 27/05/2003
Expediente02-1478
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-05-27
DecisiónTerminación del procedimiento, por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un amparo constitucional interpuesto por APLICACIONES AÉREAS AGRÍCOLAS C.A. y otros ciudadanos contra una decisión del Juzgado Superior Tercero Agrario. La Sala declaró su competencia y, tras analizar la conducta de la parte actora, consideró que hubo abandono del trámite debido a la inacción prolongada durante más de seis meses. Como consecuencia, se declaró la terminación del procedimiento y se impuso una multa a la parte actora por entorpecer las labores del tribunal.
Extracto de la motiva
Con fundamento en las consideraciones precedentes, se declara el abandono del trámite correspondiente a la presente demanda de amparo, de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y, en consecuencia, la terminación del procedimiento. De conformidad con lo que establece el único aparte del artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se impone a la parte actora una multa de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas del Banco Central de Venezuela. La parte sancionada deberá acreditar el pago mediante la consignación, en autos, del comprobante correspondiente, dentro de los cinco días siguientes a su notificación. Se aplica la multa en su límite máximo por cuanto la Sala estima de suma gravedad el entorpecimiento de sus labores con la presentación de demandas que posteriormente son abandonadas, lo cual la obliga al desvío de su atención de asuntos que sí requieren de urgente tutela constitucional. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara la TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la demanda de amparo que interpusieron APLICACIONES AÉREAS AGRÍCOLAS C.A. (TRIPLE A C.A.), y los ciudadanos ESTHER MARÍA MAICA DE GUERRERO, ALBERTO JOSÉ GUERRERO MAICA, MANUEL ALFREDO GUERRERO MAICA Y CESAR ALONSO GUERRERO MAICA, contra la decisión que dictó el Juzgado Superior Tercero Agrario con sede en Barquisimeto el 20 de marzo de 2002. Se IMPONE a la parte actora una multa de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas del Banco Central de Venezuela. La parte sancionada deberá acreditar el pago mediante la consignación, en autos, del comprobante correspondiente, dentro de los cinco días siguientes a su notificación.