Sentencia N° 135 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de junio de 2019

TSJ/SC, Sent. N° 0135, Exp. 18-0524, 12/06/2019
Expediente18-0524
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2019-06-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Virginia Isabel Russian Morrison, contra la decisión del Juzgado Superior Tercero que confirmó la sentencia de cumplimiento de contrato de comodato. Se argumentó que la ejecución de la sentencia podría vulnerar derechos constitucionales, como el derecho a la vivienda. La Sala decidió suspender los efectos de las decisiones impugnadas, considerando el interés superior de la niña involucrada y la falta de acreditación de que el inmueble en cuestión era la vivienda principal de la demandada.

Extracto de la motiva

motivación distinta la decisión proferida el 26 de febrero de 2018, por el Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la cual se declaró con lugar la demanda por cumplimiento de contrato de comodato incoado por la ciudadana Olga Fernández Salermo contra la ciudadana Virginia Russian Morrison; la restitución de los dos lotes de terreno y bienhechurías incorporadas a la casa “Cauca Abajo”, en el sitio denominado Los Guayabitos, Municipio Baruta del Estado Miranda. En consecuencia, sin lugar la apelación interpuesta por la representación de la parte demandada y la condena en costas del recurso. El 30 de julio de 2018, se dio cuenta en Sala del expediente contentivo de la acción ejercida, designándose como ponente a la Magistrada Gladys María Gutiérrez. El 07 de agoto de 2018, la abogada Merlys del Valle Salazar Pérez, apoderada judicial de la accionante, compareció ante la Secretaría de esta Sala Constitucional, a los fines de solicitar copias certificadas de la presente causa. El 09 de agosto de 2018, se dictó auto mediante el cual se negó la solicitud de copias certificadas peticionadas en la presente causa. En razón de ello, el 13 de agosto del mismo año, fue ratificada mediante diligencia, tal solicitud por los apoderados judiciales de la parte accionante. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 1 de 27 El 24 de diciembre de 2018, la abogada Nelis Emiro Carrero Soto, apoderada judicial de la accionante, compareció ante la Secretaría de esta Sala Constitucional, a los fines de solicitar medida cautelar innominada de suspensión de efectos de la ejecución de la sentencia objeto de amparo constitucional mientras se resuelva el mismo. El 15 de octubre de 2018, el abogado Pedro Nieto, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.° 122.774, actuando en carácter de apoderado judicial de la ciudadana Olga Fernández Salermo, compareció ante la Secretaria de esta Sala Con

Dispositiva

Se admite la acción de amparo constitucional y se ordena la suspensión de los efectos de las decisiones impugnadas, así como la notificación a las partes involucradas.

Palabras clave

Amparo ConstitucionalComodatoVivienda PrincipalDerechos Constitucionales

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