Sentencia N° 1347 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 1347, Exp. 24-0531, 10/12/2024
Expediente24-0531
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-12-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de diciembre de 2024, declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Orlando Antonio Solano Rivero, en representación de Dixon David Espinoza Gutiérrez, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, que había declarado inadmisible la acción de amparo. La Corte de Apelaciones había fundamentado su decisión en la supuesta cesación de la violación de derechos constitucionales, pero la Sala Constitucional determinó que la vulneración persistía debido al tiempo prolongado de privación de libertad sin juicio. Se revocó la decisión de la Corte de Apelaciones y se ordenó que se pronuncie sobre la admisibilidad de la acción de amparo.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR La presente causa fue remitida a esta Sala con ocasión del recurso de apelación ejercido por el abogado Orlando Antonio Solano Rivero, contra la sentencia dictada, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, que declaró inadmisible la pretensión constitucional. En cuanto a la tempestividad del referido recurso se observa que la decisión impugnada fue dictada el 29 de abril de 2024, por la referida Corte de Apelaciones y el 1 de mayo de 2024, el abogado accionante ejerció el recurso de apelación (Ver folio 53 del presente expediente), por tanto, dentro de los tres (3) días previstos en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por lo que resulta evidente que el mismo es tempestivo. Por otra parte, se advierte que la apelación no fue fundamentada. Así se declara. Establecido lo anterior, se observa que, los jueces de la Corte de Apelaciones del Circuito Judici

Dispositiva

1.- COMPETENTE para conocer de la presente apelación. 2.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Orlando Antonio Solano Rivero, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano DIXON DAVID ESPINOZA GUTIÉRREZ, antes identificados, contra la decisión dictada el 29 de abril de 2024, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, que declaró inadmisible la pretensión constitucional. 3.- Se REVOCA el fallo dictado el 29 de abril de 2024, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy. 4.- Se ORDENA a la mencionada Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, pronunciarse sobre la admisibilidad de la presente acción de amparo constitucional.

Palabras clave

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