Sentencia N° 1343 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de agosto de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1343, Exp. 11-0871, 04/08/2011
Expediente11-0871
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2011-08-04
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la desaplicación del artículo 79 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, efectuada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Esta desaplicación se fundamentó en el control difuso de la constitucionalidad, al considerar que dicha norma limitaba indebidamente la potestad del juez contencioso-administrativo para restablecer situaciones jurídicas lesionadas. La Corte Segunda había declarado que el artículo 79 era inconstitucional, ya que restringía la capacidad del juez para fijar un nuevo canon de arrendamiento tras la nulidad de un acto administrativo.
La Sala Constitucional reafirmó su competencia para revisar sentencias firmes en las que se haya ejercido el control difuso de la constitucionalidad. En su decisión, la Sala destacó que la jurisdicción contencioso-administrativa no solo debe declarar la nulidad de actos administrativos, sino también garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos de los particulares. Por lo tanto, se declaró conforme a derecho la desaplicación del artículo 79, permitiendo así que el juez pueda fijar un nuevo canon de arrendamiento en lugar de remitir el asunto a la Administración.
Finalmente, la Sala ordenó la publicación y registro de la decisión, así como el envío de copia certificada a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo.
Extracto de la motiva
(…) se evidencia que el contenido del artículo 79, resulta a todas luces inconstitucional, ya que la misma (sic) limita indebidamente la aplicación de la disposición contenida en el artículo 259 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en cuanto a la potestad amplia del Juez contencioso-administrativo de, junto a la revisión de la legalidad y constitucionalidad de la actividad administrativa, disponer lo necesario para el restablecimiento de la situación jurídica subjetiva lesionada, mediante, verbigracia, la fijación de un canon de arrendamiento acorde con las características y estado del bien sujeto a regulación que deriven de las pruebas llevadas por las partes y evacuadas ex oficio al proceso, evitando con ello el fomento de la litigiosidad y la multiplicidad de causas en los Tribunales (…) resulta procedente la desaplicación por control difuso de la constitución de la ley (sic) con sujeción a lo establecido en el artículo 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela el artículo 79 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios en virtud de la solicitud manifestada por la parte recurrente.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara CONFORME A DERECHO la desaplicación por control difuso de la constitucional que hiciera la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, del artículo 79 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.