Sentencia N° 1343 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de julio de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1343, Exp. 06-0380, 04/07/2006
Expediente06-0380
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-07-04
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por la abogada Mary Colina de Hernández, en representación de la Sucesión de Francisco Di Marco Di Giaconmantonio, debido a la falta de acreditación de su representación. La Sala argumenta que la abogada no presentó el poder correspondiente que justificara su actuación como representante judicial, lo que contraviene lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

En virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala debe declarar inadmisible la solicitud de revisión constitucional intentada por los abogados Iván José Ibarra Rodríguez y Sonia Zaragoza de Guatarasma, contra la sentencia dictada el 24 de noviembre de 2004 por la Sala de Casación Penal de este Máximo Tribunal, mediante la cual radicó el juicio seguido a la ciudadana Maddalena Maniscalco de Morreale, en el Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Así se decide” (s. S.C. n° 157/05, del 02.03, exp. 04-3293. Resaltado añadido).

Dispositiva

Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional que interpuso la abogada Mary Colina de Hernández, como supuesta apoderada de la SUCESIÓN DE FRANCISCO DI MARCO DI GIACOMANTONIO, contra el fallo que dictó la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia el 01 de febrero de 2006. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

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