Sentencia N° 1337 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de julio de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1337, Exp. 06-0272, 04/07/2006
Expediente06-0272
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2006-07-04
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar las apelaciones interpuestas por Nadim Antoine Moutran y por INVERSIONES VIOLETA DE YAN C.A. en relación a la acción de amparo constitucional. La decisión del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que había declarado sin lugar la acción de amparo, fue confirmada. Se argumentó que no se evidenció violación de derechos constitucionales y que el uso del amparo no puede ser considerado como una tercera instancia.
Extracto de la motiva
El Tribunal a quo declaró sin lugar la acción de amparo interpuesta por el ciudadano NADIM ANTOINE MOUTRAN, asistido por los abogados Carlos Becerra Torres y Carlos Rodríguez Dorante, por considerar: '…por lo que se observa del encabezamiento del libelo de demanda que el ciudadano KAM YAN HUNG, asistido de abogado, alega que suscribió como Presidente de “INVERSIONES VIOLETA DE YAN C.A. un contrato de arrendamiento con el ciudadano NADIM MOUTRAN, para ello consignó fotostato de contrato y registro de comercio documentos fundamentales de la acción, los cuales fueron presentados originales en fecha posterior, dado que son señalados en el escrito del libelo de demanda, con los cuales también se determina que el querellante contrató con la compañía Violeta Yan, C.A, y no a titulo personal. Ciertamente como lo adiciona el demandado, solamente, tanto en el libelo de la demanda como en la contestación de la misma se pueden presentar los argumentos y alegatos esgrimidos por las partes y posteriormente no se pueden traer a las actas procesales nuevos hechos. En el caso que nos ocupa aparece un escrito ratificatorio del libelo de demanda y en modo alguno, este tribunal entiende que en el mencionado escrito el demandante trae a colación los argumentos de nuevos hechos.'
Dispositiva
Por los razonamientos expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaran SIN LUGAR las apelaciones interpuestas por el abogado Carlos Rodríguez Dorante, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano NADIM ANTOINE MOUTRAN, accionante y por el abogado Víctor Amaro Piña, apoderado judicial de INVERSIONES VIOLETA DE YAN C.A., tercera interesada. En consecuencia, se confirma la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró sin lugar la acción de amparo interpuesta por el ciudadano Nadim Antoine Moutran contra la decisión dictada el 7 de noviembre de 2005 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.