Sentencia N° 1334 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de octubre de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1334, Exp. 08-1211, 19/10/2009
Expediente08-1211
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-10-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara con lugar el amparo constitucional interpuesto por Valentina Rodríguez Bracho, quien alegó violación a sus derechos a la defensa y al debido proceso en un juicio de desalojo. La Sala concluyó que el juicio fue llevado a cabo de manera fraudulenta, ya que la demandante, Zaida Buaiz Cardozo, conocía que la verdadera ocupante del inmueble era Valentina Rodríguez, quien había habitado el lugar por más de catorce años. La Sala ordenó la restitución de Valentina Rodríguez en el inmueble objeto del juicio de desalojo.

Extracto de la motiva

La demandante delató la violación a sus derechos a la defensa, al debido proceso y a la vivienda, así como el fraude procesal, toda vez que fue víctima de la ejecución forzosa en un juicio por desalojo que incoó la ciudadana Zaida Buaiz de Riobueno contra la ciudadana Natacha Rodríguez Bracho, cuando “la única persona que ha habitado el inmueble objeto de aquella demanda de desalojo en calidad de arrendataria desde hace más de catorce (14) años no es otra sino (ella)…”, es decir, que, según alegó la parte actora, en el juicio por desalojo demandó a una persona que nunca habitó el inmueble, por lo que consideró que el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua fue sorprendido en su buena fe cuando declaró con lugar la demanda por desalojo, por sentencia del 3 de mayo de 2006. El Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua apreció que, en el caso bajo estudio, “existe una lesión a derechos constitucionales, cercenándose normas de rango Constitucional, vale decir, la obtención de una verdadera tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, pues se evidencia a través de las actuaciones contenidas en la presente acción de amparo y de la valoración de todas las pruebas aportadas, que existe realmente violación de derechos constitucionales por haberse llevado a cabo un juicio de manera fraudulenta, en contra de persona distinta a la que realmente habitaba el inmueble, a quien se le ha vulnerado el debido proceso y el derecho a la defensa” y declaró con lugar el amparo constitucional que fue interpuesto y, en consecuencia, pronunció la inexistencia del juicio por desalojo y ordenó al Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que realizara todos los trámites para la restitución de la ciudadana Valentina Rodríguez Bracho en el inmueble que fue objeto del juicio por desalojo.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación que se interpuso contra la sentencia que dictó el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 31 de julio de 2008, la cual se ANULA; en consecuencia, se REPONE la causa al estado de que el Tribunal que conozca en primera instancia la demanda de amparo constitucional que incoó VALENTINA RODRÍGUEZ BRACHO contra la sentencia que emitió, el 3 de mayo de 2006, el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, practique, correctamente, la notificación de las partes y de la tercera interesada para la celebración de la audiencia pública.

Palabras clave

amparo constitucionaldesalojofraude procesalderecho a la defensadebido proceso

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