Sentencia N° 1331 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de agosto de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 1331, Exp. 24-1174, 06/08/2025
Expediente24-1174
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-08-06
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados de Humberto Gregorio Ferreira Vílchez, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. Se argumenta que la Corte de Apelaciones erróneamente consideró que habían cesado las violaciones denunciadas, cuando en realidad no se había dado respuesta a las solicitudes de diligencias probatorias y copias certificadas solicitadas por el demandante. La Sala anula la decisión de la Corte de Apelaciones y ordena que se emita un nuevo pronunciamiento sobre la acción de amparo.

Extracto de la motiva

MOTIVACIONES PARA DECIDIR Precisado lo anterior y siendo asumida la competencia para conocer del presente asunto, debe emitirse pronunciamiento sobre la tempestividad del recurso de apelación aquí examinado y a tal efecto se aprecia que, la sentencia apelada fue dictada el martes IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 12 de 19 21 de marzo de 2023, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Sede Santa Ana de Coro (folios 43 al 54, de la única pieza del expediente), observándose que el miércoles 29 de marzo de 2023, (folios 55 y 56, de la única pieza del expediente), el abogado Alexander Argenis Morillo Graterol, en su condición de

Dispositiva

Se declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por los abogados Eliezer Manuel Hernández Polanco y Alexander Argenis Morillo Graterol, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Humberto Gregorio Ferreira Vílchez, contra la sentencia dictada, el 21 de marzo de 2023, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Sede Santa Ana de Coro, la cual se ANULA y se ORDENA a que una nueva Corte de Apelación del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, de respuesta sobre un nuevo pronunciamiento en la Acción de Amparo Constitucional.

Palabras clave

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