Sentencia N° 1329 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de julio de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1329, Exp. 06-0764, 04/07/2006
Expediente06-0764
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-07-04
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, decidió sobre la apelación interpuesta por Germán Oscar Colmenarez Hernández contra la decisión del Juzgado Superior que declaró improcedente su acción de amparo constitucional. La apelación fue motivada por la alegación de violaciones a derechos fundamentales en el proceso de desalojo en su contra. La Sala concluyó que la acción de amparo no era procedente, ya que no se evidenció lesión de derechos constitucionales ni actuación fuera de competencia por parte del juez inferior.
Extracto de la motiva
El ciudadano Germán Oscar Colmenarez Hernández intentó acción de amparo constitucional en base a la presunta trasgresión de los derechos a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y de la garantía a la tuición constitucional, contenidos en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, toda vez que la decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, no acogió las defensas expuestas en el curso del juicio de desalojo intentado por el ciudadano Saba Charfan Hamal. En atención a lo señalado, el accionante indicó que en el juicio por desalojo, el juez incurrió en violación al debido proceso al acumular pretensiones que debían seguirse a través de procedimientos distintos, debido a que la pretensión destinada a obtener el cobro de bolívares excedía de la cantidad de un millón quinientos mil bolívares (Bs. 1.500.000,00), por lo cual se debió tramitar a través del procedimiento ordinario y la solicitud de desalojo por el procedimiento breve establecido en el Código de Procedimiento Civil. Así mismo, denunció la violación a la tutela judicial efectiva y de la garantía a la tuición constitucional, toda vez que el tribunal presuntamente agraviante no acogió la defensa de falta de cualidad del demandado para sostener el juicio, en virtud de aducirse la titularidad del inmueble objeto la acción de desalojo y consecuencialmente la falta de cualidad del demandante.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta y CONFIRMA la sentencia dictada el 9 de mayo de 2006, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declaró improcedente la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano GERMÁN OSCAR COLMENAREZ HERNÁNDEZ, asistido por la abogada Mary Yolanda Monsalve Peñalosa, anteriormente identificados, contra la decisión del 1 de diciembre de 2005, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, la cual declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte accionante en el marco del juicio de desalojo intentado por el ciudadano Saba Charfan Hamal, ante el Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en el cual se decretó el desalojo del bien inmueble, en contra del accionante.
Palabras clave
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