Sentencia N° 1323 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de octubre de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1323, Exp. 13-0653, 08/10/2013
Expediente13-0653
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-10-08
DecisiónIMPROPONIBLE EN DERECHO
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión constitucional presentada por Rafael de Jesús Narváez Marcano en representación de Industrias Kondor, C.A. La solicitud buscaba revisar la sentencia número 914, que declaró inadmisible un recurso de apelación. La Sala determinó que no era posible revisar sus propias decisiones, basándose en el principio de cosa juzgada formal y en la normativa que establece que contra las decisiones del Tribunal Supremo no se admiten acciones ni recursos.
Extracto de la motiva
Por lo tanto, las sentencias dictadas por la propia Sala Constitucional no pueden ser objeto de la revisión constitucional por no encontrarse prevista dicha competencia en las normas antes citadas y, ello es así, en virtud del principio de cosa juzgada formal, según el cual sobre los asuntos ya conocidos y decididos por esta Sala, no es posible dictar un nuevo pronunciamiento.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROPONIBLE EN DERECHO la solicitud de revisión formulada por el ciudadano Rafael de Jesús Narváez Marcano, actuando en representación de la sociedad mercantil Industrias Kondor, C.A, de la sentencia de esta Sala Constitucional número 914 dictada el 15 de julio de 2013, mediante la cual declaró inadmisible el recurso de apelación ejercido contra la decisión dictada el 20 de diciembre de 2012 por la Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional.
Palabras clave
revisión constitucionalimpropinibilidadacción de amparoCorte de Apelacionesmáxima instancia