Sentencia N° 1321 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de agosto de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 1321, Exp. 17-0841, 16/08/2023
Expediente17-0841
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-08-16
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Franco Antonio Pérez Basanta, en su calidad de progenitor de una niña, contra la solicitud de sobreseimiento de la causa presentada por la Fiscal Décima del Ministerio Público. La decisión se basa en que la situación jurídica denunciada como infringida había cesado, conforme al artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
El tribunal destacó que la acción de amparo fue ejercida contra el acto conclusivo de la fiscalía en un proceso penal por presunto abuso sexual, y que la Sala de Casación Penal había anulado las actuaciones posteriores a la decisión de sobreseimiento del 16 de agosto de 2018, lo que llevó a la conclusión de que no existía razón para continuar con el amparo.
Finalmente, se ordenó la publicación, registro y archivo del expediente, reafirmando la inadmisibilidad de la acción presentada por el demandante.
Extracto de la motiva
motivaron la solicitud de sobreseimiento presentada en fecha 27 de septiembre de 2014, por la Fiscalía Décima del Ministerio Público del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en la investigación fiscal signada con el alfanumérico 07-F10-2C-0297-2012”. El 28 de marzo 2023, la abogada Marigle Soledad Torres Catalayud, en su condición de Defensor Público Provisoria Tercera con competencia para actuar ante la Sala Constitucional, Político Administrativa, Electoral, Casación Civil y Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia, solicitó que se dicte un pronunciamiento en el presente caso. El 13 de abril de 2023, se recibió el oficio signado con el alfanumérico PCJPEB- PZO-145-2023 del 2 de marzo de 2023, suscrito por la Jueza Presidenta del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, mediante el cual remite copias certificadas y el oficio No. 039-2023 del 1 de marzo de 2023, suscrito por la Jueza Coordinadora del Circuito Judicial Penal en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar. El 30 de mayo de 2023, la abogada Marigle Soledad Torres Catalayud, en su condición de Defensor Público Provisoria Tercera con competencia para actuar ante la
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano FRANCO ANTONIO PÉREZ BASANTA, en su condición de progenitor de una niña de ocho (8) años de edad, contra la solicitud de sobreseimiento de la causa interpuesta por la Fiscal Décima del Ministerio Público de la Segunda Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Puerto Ordaz.
Palabras clave
Amparo ConstitucionalSobreseimientoViolencia Contra la Mujer