Sentencia N° 1321 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de julio de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1321, Exp. 09-0830, 16/10/2009
Expediente09-0830
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-07-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia dictada el 17 de julio de 2009, se pronunció sobre la desaplicación de los artículos 13 numeral 3 y 22 del Código Penal, en el contexto de un caso penal seguido al ciudadano José Antonio Montiel Palmar. La decisión se fundamenta en la vulneración del derecho a la libertad consagrado en el artículo 44 de la Constitución, argumentando que la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad resulta excesiva y contraria a la norma constitucional.
Extracto de la motiva
El Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, desaplicó los artículos 13 numeral 3 y 22 del Código Penal, con fundamento en las siguientes consideraciones: “Respecto a la sujeción a la Vigilancia de la Autoridad por Una cuarta (1/4) parte del tiempo de la condena, este Tribunal observa que existe una decisión dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 21 de Mayo de 2007, mediante la cual confirma la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la que desaplicó el contenido de los artículos 13.3 y 22 del Código Penal, referidos a la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad civil a la que fue condenado el penado Asdrúbal Celestino Sevilla, la cual es de carácter vinculante, toda vez que la Sala Constitucional realizó un re-examen de la doctrina que mantenía en ese sentido, aunado a que dicha decisión fue publicada en el portal de la web del Tribunal Supremo de Justicia para ser acatada por todos los Jueces de la República tal y como lo señala expresamente la jurisprudencia dictada por esa Sala en fecha 20-12-07 (…).
Dispositiva
SE DECRETA LA COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con el ordinal 1 del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal a favor del penado antes identificado.
Palabras clave
desaplicaciónCódigo Penalcontrol difusoderecho a la libertad