Sentencia N° 1320 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de mayo de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1320, Exp. 02-0671, 23/05/2003
Expediente02-0671
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-05-23
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión del Juzgado Superior Primero en lo Civil, que declaró inadmisible el amparo constitucional interpuesto por Erlis Antonio Pérez Guerrero. El demandante alegó violaciones a sus derechos al debido proceso y acceso a la justicia, pero la Sala determinó que existían otras vías judiciales para el restablecimiento de su situación jurídica. La decisión se basa en la falta de agotamiento de las vías ordinarias antes de recurrir al amparo.

Extracto de la motiva

El a quo declaró inadmisible la demanda porque el actor disponía de otras vías judiciales para el restablecimiento de la situación jurídica infringida y señaló, genéricamente, que dispone de las múltiples acciones contractuales y de las especiales inquilinarias. Esta Sala considera que un señalamiento de esta naturaleza no era suficiente para declararse inadmisible la pretensión, pues el a quo no especificó cual de las acciones contractuales o inquilinarias podría lograr el restablecimiento de la situación jurídica que supuestamente fue infringida. Por ello, la Sala estudiará si el demandante realmente tenía otro medio judicial contra la actuación supuestamente lesiva.

Dispositiva

CONFIRMA, en los términos expuestos, la decisión que dictó, el 8 de marzo de 2002, el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, que declara INADMISIBLE el amparo que interpuso Erlis Antonio Pérez Guerrero contra el auto que dictó, el 5 de noviembre de 2001, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.

Palabras clave

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