Sentencia N° 1318 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de agosto de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1318, Exp. 08-0557, 13/08/2008
Expediente08-0557
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-08-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió un recurso de amparo constitucional interpuesto por el Defensor Público Décimocuarto en representación de un adolescente, contra una sentencia de la Corte Superior que impuso medidas cautelares. La Sala consideró que la decisión de la Corte Superior no violó el principio de legalidad, ya que el juez tiene la facultad de imponer medidas cautelares sustitutivas de libertad, siempre que estén debidamente fundamentadas y se ajusten a las circunstancias del caso. La Sala destacó la importancia de garantizar los derechos del adolescente y la necesidad de asegurar la comparecencia del mismo en el proceso penal.
Extracto de la motiva
La interpretación de las normas, no puede efectuarse siempre en forma gramatical, ya que la imposición de una o varias medidas cautelares, dependen directamente de la valoración que haga el Juez de las circunstancias concretas del caso, pues sólo a través de las actas que conforman la causa, se puede determinar cuales son las medidas necesarias que aseguren las resultas del proceso, no constituyendo ilegalidad cuando las mismas se encuentran debidamente fundamentadas conforme a derecho y siempre que los supuestos que ameriten la privación judicial de libertad se encuentren satisfechos, todo ello con base a la obligación que tienen los encargados de administrar justicia, de resguardar los derechos y garantías de las partes, debiendo existir un equilibrio entre el interés superior del niño y la sociedad, pues el fin último del proceso, el la búsqueda de la verdad, la aplicación de una justicia, rápida y expedita, y la reinserción social del adolescente.
Dispositiva
ADMITE la demanda de amparo que interpuso el Defensor Público Décimocuarto de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, abogado Néstor Pereyra Figari, en representación del adolescente cuyo nombre se omite por disposición de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, contra la sentencia que dictó, el 31 de marzo de 2008, la Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
amparo constitucionalmedidas cautelaresresponsabilidad penaladolescentederechos humanosdebido procesolibertad personal