Sentencia N° 1318 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de junio de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1318, Exp. 06-0717, 03/07/2006
Expediente06-0717
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-06-03
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Francisco Alberto Chirinos Mendoza, en representación de Beila Columbia Pereira, contra una sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Carabobo. La acción se fundamenta en la supuesta violación de derechos constitucionales y la nulidad de la sentencia que condenó a la 'Hacienda El Trompillo', una persona jurídica que no está registrada. La Sala argumenta que la falta de presentación de la decisión impugnada hace que la solicitud sea inadmisible.
Extracto de la motiva
La parte actora denunció la infracción de sus derechos constitucionales consagrados en los artículos 19, 25, 26, 27, 49 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; asimismo señaló la infracción de los artículos 10, 49, 61 y 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, además de lo dispuesto en los artículos 12, 114, 169, 170 y 172 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Con fundamento en lo cual solicitó la nulidad de la sentencia accionada ya que la misma si bien falló a su favor condenó a la 'Hacienda El Trompillo' al pago de las prestaciones sociales adeudadas, a una persona jurídica que 'no aparece registrada en ningún registro mercantil en el Estado Carabobo'.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por el abogado Francisco Alberto Chirinos Mendoza, actuando como apoderado judicial de la ciudadana Beila Columbia Pereira, en representación de su menor hijo, cuya identificación se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, contra la sentencia dictada el 31 de octubre de 2005 por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo que declaró parcialmente con lugar la apelación que intentó la parte actora de la sentencia del 27 de septiembre de 2005 del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial antes referida.
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