Sentencia N° 1316 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de junio de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1316, Exp. 06-0591, 03/07/2006
Expediente06-0591
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-06-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar con lugar la apelación interpuesta por Freddy Ahmar Sayegh, actuando en su carácter de Director Gerente de Inversiones Inmobiliarias, S.A. (ININSA), contra la sentencia que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala argumentó que la abogada que representaba al demandante contaba con el poder suficiente para actuar en nombre de la empresa, y que la decisión de inadmisibilidad del Juzgado Superior fue errónea. Se revocó la sentencia apelada y se ordenó al Juzgado que se pronuncie nuevamente sobre las causales de inadmisibilidad, salvo la ya analizada.

Extracto de la motiva

La Sala destaca que, en el proceso de amparo, la parte accionante tiene una obligación legal respecto al cumplimiento en su solicitud de los requisitos exigidos en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Dicha norma, si bien trata sobre un cúmulo de requisitos mínimos, son lo suficientemente sencillos a fin de su correspondencia con el principio de la informalidad y orden público que orientan el proceso de amparo, ya que con el amparo se busca proteger los derechos constitucionales de las personas, en razón de lo cual no deben exigirse formalidades excesivas que limiten el ejercicio de dicha acción. En consecuencia, visto que el instrumento poder que cursa en autos faculta suficientemente a la abogada Lisett Coromoto Mentado Guanaguanay para actuar en representación de la sociedad mercantil Inversiones Inmobiliarias, S.A. (ININSA), resulta forzoso para esta Sala declarar con lugar la apelación interpuesta el 21 de marzo de 2006, contra la sentencia dictada el 6 de marzo de 2006.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Freddy Ahmar Sayegh, actuando en su carácter de Director Gerente de la sociedad mercantil Inversiones Inmobiliarias, S.A. (ININSA), titular de la cédula de identidad Nº 9.134.525, mediante la representación de la abogada Lisett Coromoto Mentado Guanaguanay, contra la sentencia dictada el 6 de marzo de 2006, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante la cual se declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo el 2 de agosto de 2005. En consecuencia, se REVOCA el fallo apelado y se ordena al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, se pronuncie nuevamente en relación con las causales de inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional, salvo la ya analizada en el presente fallo.

Palabras clave

amparo constitucionallegitimación activapoderrepresentación legalinmueblesarrendamientoderechos constitucionalesinadmisibilidad

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