Sentencia N° 1315 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de agosto de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 1315, Exp. 19-0477, 16/08/2023
Expediente19-0477
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-08-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 16 de agosto de 2023, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Miguel Ángel Cárdenas Valderrama contra el fallo del Juzgado Superior Primero Agrario que había declarado inadmisible su acción de amparo constitucional. La Sala consideró que el demandante contaba con vías judiciales idóneas para resolver su situación, lo que justificaba la inadmisibilidad del amparo. Además, se enfatizó la importancia de la sustentabilidad ambiental frente a derechos individuales en el contexto agrario.
Extracto de la motiva
motiva de la sentencia 471-06 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que refiere a la consideración de la tutela de los derechos ambientales dirigida ‘...fundamentalmente a la protección de generaciones futuras - vgr. Explotación sustentable de los recursos naturales- y necesariamente requiere un conocimiento de la situación real vinculada a la presunta lesión constitucional, dado el sustrato sistémico que se desprende del ejercicio de la actividad económica El artículo 1 de la Ley de tierras y Desarrollo Agrario establece como objeto el establecimiento de las bases del desarrollo rural integral y sustentable, considera al desarrollo rural integral como el medio fundamental para el desarrollo humano y crecimiento económico del desarrollo agrario dentro de una justa distribución de la riqueza. La última expresión: ‘... justa distribución de la riqueza...’ resulta fundamental para la determinación del tema a probar y a decidir del presente caso, pues, la justicia distributiva está dirigida a todos y no a una persona en especial.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Miguel Ángel Cárdenas Valderrama, ya identificado, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los Estados Miranda y Vargas, el 15 de agosto de 2019, que declaró inadmisible la pretensión de amparo constitucional incoada. CONFIRMA el fallo apelado, en los términos expuestos en el presente fallo.