Sentencia N° 1315 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de octubre de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1315, Exp. 12-0385, 08/10/2013
Expediente12-0385
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-10-08
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia el 8 de octubre de 2013, en la que se declaró terminado el procedimiento de amparo constitucional interpuesto por la abogada Rosalix Verónica Quintero Pérez en representación de José Alexander Guerra Rodríguez. El amparo fue solicitado contra una decisión de la Corte Marcial que declaró inadmisible un recurso de apelación. La Sala determinó que la parte actora no había impulsado el proceso durante más de seis meses, lo que se interpretó como un abandono del trámite.
Extracto de la motiva
La decisión cuestionada en amparo fue dictada el 10 de agosto de 2011 por la Corte Marcial del Circuito Judicial Penal Militar con Competencia Nacional, la cual declaró inadmisible el recurso de apelación ejercido por el defensor del accionante, entre otros ciudadanos, contra la decisión dictada el 20 de junio de 2011 por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal Militar del Área Metropolitana de Caracas, que había declarado, entre otros pronunciamientos: 1) sin lugar las solicitudes de nulidad absoluta de la acusación formulada por la representación del Ministerio Público contra el accionante; 2) sin lugar la solicitud efectuada por la defensa relativa a la nulidad de la experticia realizada por el Fiscal Militar Segundo; 3) y sin lugar la solicitud de la defensa en cuanto a que se desestimara la acusación fiscal, todo ello con ocasión del juicio penal seguido contra el accionante.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, respecto del amparo constitucional ejercido por la abogada Rosalix Verónica Quintero Pérez, en su condición de defensora privada del ciudadano JOSÉ ALEXANDER GUERRA RODRÍGUEZ, contra la decisión dictada el 10 de agosto de 2011 por la Corte Marcial del Circuito Judicial Penal Militar del Área Metropolitana de Caracas.