Sentencia N° 1315 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de agosto de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1315, Exp. 11-0519, 03/08/2011
Expediente11-0519
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2011-08-03
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de nulidad y amparo interpuesta por el abogado Arcadio Odalio Camacho Tovar, en representación de 'todos los alguaciles' del Poder Judicial, contra los artículos 19, 20 y 21 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. La Sala observó que los fundamentos presentados eran propios de una querella funcionarial y que el demandante no había invocado el mecanismo adecuado para restablecer su situación laboral.
Se ordenó al demandante que precisara el objeto de su demanda en un plazo de tres días, advirtiendo que de no hacerlo, la misma sería declarada inadmisible. La Sala destacó la importancia de esclarecer las demandas ambiguas y la necesidad de que el accionante aclare si su pretensión se refiere a la nulidad de los artículos mencionados o a la revisión de un acto administrativo.
Finalmente, se publicó y comunicó la decisión, firmada por la Presidenta Luisa Estella Morales Lamuño y el Magistrado Ponente Francisco Antonio Carrasquero López, junto con otros magistrados.
Dispositiva
En consecuencia, se ordena al demandante que en el lapso de tres días de despacho, más el término de la distancia, contados a partir de la notificación del presente auto, aclare cuál es el objeto de su demanda. Con la advertencia de que si no subsana lo indicado, la misma deberá declararse inadmisible, tal como lo dispone el artículo 134 de la referida Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
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