Sentencia N° 1313 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de octubre de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1313, Exp. 12-0759, 05/10/2012
Expediente12-0759
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-10-05
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por el abogado Oscar Guilarte Hernández en representación de la sociedad mercantil INVERSIONES RADIOFÓNICAS FM 99.7, S.A. La decisión se fundamenta en la falta de presentación de copia certificada del poder que acredita la representación del abogado, así como de la sentencia objeto de revisión. La Sala reitera que es carga del solicitante presentar los documentos necesarios para la admisibilidad de la solicitud.

Extracto de la motiva

En virtud de lo expuesto, y siendo que, en el presente caso, el abogado Oscar Guilarte Hernández no consignó copia certificada del poder que acredita la representación que se atribuye, de conformidad con lo establecido en el artículo 133, numeral 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, esta Sala Constitucional declara inadmisible la solicitud de revisión planteada. Así se decide. De igual manera, esta Sala pudo constatar, de la revisión de las actas del expediente, que el mencionado abogado, quien alegó tener representación para ejercer la presente solicitud, no acompañó la copia certificada del fallo recurrido, sino que consignó una copia simple del mismo. En este sentido, esta Sala debe reiterar que es carga procesal del solicitante, efectuar la correspondiente consignación de copia certificada de la sentencia cuya revisión se solicita, para que esta Sala verifique su admisibilidad.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional planteada por el abogado OSCAR GUILARTE HERNÁNDEZ, quien indicó que actuaba en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES RADIOFÓNICAS FM 99.7, S.A., de la sentencia n.° 00517, dictada el 27 de abril de 2011, por la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, que declaró desistida la apelación ejercida por el referido abogado contra la sentencia n.° 062/2010, del 17 de septiembre de 2010, dictada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual, quedó firme. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

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