Sentencia N° 1312 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de agosto de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 1312, Exp. 24-0898, 06/08/2025
Expediente24-0898
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-08-06
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil INVERSIONES GLOBAL LTD, en contra de la decisión del Juzgado Superior que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. La apelante alegó vulneraciones al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, argumentando que el tribunal de primera instancia no consideró válidamente intimado al representante legal de la parte demandada, lo que llevó a la declaración de perención de la instancia anual. La Sala, tras analizar los argumentos, concluyó que la acción de amparo era inadmisible, ya que la parte recurrente no agotó los recursos ordinarios disponibles antes de acudir a esta vía extraordinaria.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Determinada la competencia, pasa esta Sala a pronunciarse sobre el recurso de apelación ejercido y, a tal efecto, observa lo siguiente: Conoce la Sala de la apelación interpuesta tempestivamente el lunes 27 de agosto de 2024, por la parte accionante contra la decisión dictada por el referido Tribunal Superior en fecha miércoles 22 del mismo mes y año, mediante la cual se declaró inadmisible, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de amparo constitucional ejercida. Se observa que dicho recurso de apelación fue ejercido de manera tempestiva conforme al lapso dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se decide. Se observa igualmente que, tal como quedó asentado en sentencia de 4 de abril de 2001, caso: “Estación Los Pinos”, la ley estableció un plazo de treinta (30) días para que el tribunal de alzada decida la apelación de la sent
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para conocer del recurso de apelación ejercido el 27 de agosto de 2024 por la parte accionante, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira el 22 del mismo mes y año, mediante la cual declaró inadmisible, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de amparo constitucional ejercida por el apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES GLOBAL LTD. 2.- SIN LUGAR el recurso de apelación. 3.- CONFIRMA el fallo apelado.
Palabras clave
amparo constitucionalperención de instanciadebido proceso