Sentencia N° 1312 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de octubre de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1312, Exp. 12-0680, 05/10/2012
Expediente12-0680
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-10-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia n.° 2010-1260 de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar la apelación interpuesta por María Milagros Arvelo contra su retiro del SENIAT. La Sala concluyó que la sentencia impugnada no vulneró derechos constitucionales y que la administración actuó conforme a la normativa aplicable, ya que las gestiones de reubicación resultaron infructuosas. Por lo tanto, se declaró sin lugar la solicitud de revisión constitucional.

Extracto de la motiva

En la oportunidad para decidir, esta Sala observa que se ha solicitado la revisión de la sentencia n.° 2010-1260 dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 25 de noviembre de 2010, que declaró: sin lugar el recurso de apelación interpuesto y confirmó la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital de fecha 25 de marzo de 2009. En efecto, la representación de la solicitante alegó que la sentencia impugnada vulneró el derecho a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva porque, en su entendido, la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo “se ha apartado u obviado expresamente la interpretación de la Constitución de la República Bolivariana”. En atención a lo anterior, esta Sala considera pertinente señalar que la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, analizó cada uno de los alegatos denunciados en la apelación ejercida contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital y, específicamente, la condición de la ciudadana María Milagros Arvelo, quien ejercía el cargo de Jefe de División de Beneficios Socioeconómicos de la Gerencia de Recursos Humanos del SENIAT, cargo este de libre nombramiento y remoción, tal como se pudo constatar de las actas que conforman el presente expediente.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por la ciudadana MARÍA MILAGROS ARVELO, asistida por el abogado León Benshimol Salamanca, antes identificados, de la sentencia n.° 2010-1260, dictada el 25 de noviembre de 2012 por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido y confirmó la sentencia dictada el 25 de marzo de 2009, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital.

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