Sentencia N° 131 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de febrero de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 131, Exp. 08-0165, 19/02/2009
Expediente08-0165
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2009-02-19
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional se pronuncia sobre la solicitud de homologación del desistimiento de la apelación presentada por PERFUMERÍA TAURO, C.A. contra una sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. La Sala determina que la documentación presentada es insuficiente para verificar la representación del abogado que realizó la solicitud, ya que se requiere autorización expresa del poder otorgado para el desistimiento. Por lo tanto, se ordena al abogado que presente la documentación necesaria en un plazo de dos días.
Extracto de la motiva
Revisada la presente solicitud de homologación, esta Sala determina de los autos únicamente la consignación en copia simple del instrumento poder que acredita la representación del abogado que efectuó la petición, siendo dicha documentación insuficiente para verificar la condición con la cual se actúa en la causa y se manifiesta esta petición; más tratándose del desistimiento, que por mandato de ley, requiere autorización expresa del poder que confiere el mandato, por considerarse un acto extraordinario que excede la simple gestión de los actos de tramitación del procedimiento.
Dispositiva
Por tanto, esta Sala, con el objeto de pronunciarse sobre la homologación solicitada, ordena al abogado Humberto Azpúrua Gásperi, de conformidad con los artículos 150 y 154 del Código de Procedimiento Civil, para que en un lapso de dos (2) días continuos a partir de su notificación consigne original o copia certificada del poder otorgado por los representantes de PERFUMERÍA TAURO, C.A., o en su defecto, sean éstos quienes ratifiquen el desistimiento que su apoderado realizó en la presente causa.