Sentencia N° 1305 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de octubre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1305, Exp. 14-0652, 09/10/2014
Expediente14-0652
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-10-09
DecisiónINCOMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un amparo constitucional interpuesto por un grupo de ciudadanos contra el Director de Evaluación del Desempeño Policial, alegando discriminación al negarles la ponderación académica de sus títulos universitarios. La Sala, tras analizar la competencia, determinó que no era competente para conocer del caso, ya que no se configuraban los supuestos establecidos en la ley para su conocimiento en esta instancia.

Extracto de la motiva

La norma transcrita dispone las reglas para determinar la competencia ratione materiae y ratione loci, para conocer de las acciones de amparo constitucional, cuando éstas se ejerzan por vía principal. Por tanto, debe tomarse en cuenta la relación entre la materia de competencia del tribunal -especial u ordinaria- y la naturaleza del derecho o de la garantía constitucional violada o amenazada de violación (vid. sentencia 2583/2004, caso: “Rafael Isidro Troconis Durán”).

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del amparo constitucional ejercido por el apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ LUIS JIMÉNEZ ACOSTA, RAFAEL EDUARDO HERNÁNDEZ CESARIO, LUIS ALFREDO ZABALETA SÁNCHEZ, WILLIAMS ENRIQUE MIJARES LÓPEZ, NERIO DE JESÚS MILANEZ TORRES, JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ TORRES, PEDRO JOSÉ RICO ALVARADO y JOSÉ RAMÓN MERCADO NOGUERA, contra el ciudadano Mayor (GNB) Wilmer Ramírez, en su condición de Director de Evaluación del Desempeño Policial, adscrito al Consejo Federal de Policía del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz y, en consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, al que corresponda previa distribución.

Palabras clave

amparo constitucionaldiscriminaciónponderación académica

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca