Sentencia N° 1302 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de junio de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 1302, Exp. 05-1215, 20/06/2005
Expediente05-1215
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2005-06-20
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional admitió la demanda de amparo interpuesta por Raúl Gustavo Márquez Barroso contra una actuación de la Sala Político-Administrativa. Se acordó notificar a la Magistrada Presidenta de dicha Sala para que rinda un informe en un plazo de 48 horas. La audiencia pública se fijará dentro de las 96 horas siguientes a la presentación del informe. Además, se modificó la decisión de trámite tomada en la sentencia de admisión anterior.
Extracto de la motiva
Por cuanto, mediante sentencia de esta Sala n° 1198 de 10 de junio de 2005, se admitió la demanda de amparo que interpuso el ciudadano RAÚL GUSTAVO MÁRQUEZ BARROSO, titular de la cédula de identidad nº 6.977.090, abogado, con inscripción en el Inpreabogado bajo el nº 39.668, en su nombre y en su carácter de Juez Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (Provisorio), contra vía de hecho o actuación material que atribuyó a la Sala Político-Administrativa, en ejercicio de sus funciones administrativas de “gobierno del Poder Judicial”; Por cuanto el legitimado pasivo en el caso de autos es la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, razón por la cual se acordó la notificación de la Magistrada Presidenta de la misma, en su carácter de supuesto agraviante; en tanto que dicha Sala es un ente que forma parte, junto con esta Sala Constitucional, del Tribunal Supremo de Justicia como cuerpo colegiado a la cabeza del Sistema de Justicia, se acuerda que la notificación de la Sala Político-Administrativa, por órgano de su Presidenta, se haga para que ésta rinda el informe a que se refiere el artículo 23 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales dentro de las cuarenta y ocho (48) siguientes a su notificación, sin que sea necesaria su comparecencia a la audiencia pública.
Dispositiva
Queda modificada, en este sentido, la decisión de trámite que se tomó en la sentencia de admisión n° 1198 de 10 de junio de 2005.
Palabras clave
amparosala constitucionalsala politico-administrativanotificacioninformeaudiencia publicadecisión de trámite