Sentencia N° 1301 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de agosto de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 1301, Exp. 22-0394, 16/08/2023
Expediente22-0394
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-08-16
DecisiónImprocedente in limine litis
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de amparo constitucional interpuesta por la abogada Alida Martínez en representación de Ibrahim Jesús León Pinto. La solicitud fue presentada contra la sentencia de la Sala Ocho de la Corte de Apelaciones, que había declarado con lugar un recurso de apelación y anulado la sentencia de absolución del tribunal de primera instancia. La Sala Constitucional determinó que la solicitud era improcedente in limine litis, ya que no se cumplían los requisitos necesarios para su admisión.
Extracto de la motiva
la Sentencia recurrida se limita a mencionar el acervo probatorio incorporado, sin expresar de modo alguno el valor probatorio otorgado, tal y como ha sido señalado precedentemente; así mismo llama poderosamente la atención a esta Alzada que la recurrida en su análisis del acervo probatorio, señala que: ‘... por cuanto los órganos de prueba donde el Ministerio Público sostiene su acusación, no comparecieron al presente debate, por lo que no lograron el convencimiento sobre la culpabilidad del acusado (...)’, pudiendo constatar [esa] Sala, que esto no es cierto, ya que acudieron al acto del debate todos los órganos de pruebas de la acusación del Ministerio Público, admitidos en Audiencia Preliminar; razón suficiente para que [esa] Alzada considere que el fallo absolutorio al cual llegó la Juzgadora, no se adecúa al proceso de valoración individual y concatenado de la totalidad de las pruebas evacuadas...
Dispositiva
Improcedente in limine litis, es decir, sin trámite previo, la pretensión de amparo incoada.
Palabras clave
amparo constitucionalvalor probatoriodecisión judicialpruebasCorte de Apelacionesderechos constitucionales