Sentencia N° 1300 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de junio de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1300, Exp. 06-0537, 28/06/2006
Expediente06-0537
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-06-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por H.O. QUÍMICA, S.A. contra una decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia que había declarado improcedente la conversión de un procedimiento voluntario en contencioso. La Sala determinó que la acción de amparo era inadmisible, ya que el accionante había optado por recurrir a las vías judiciales ordinarias, específicamente el recurso de apelación, para impugnar la decisión que consideraba lesiva a sus derechos. En consecuencia, se confirmó la sentencia apelada que declaró inadmisible la acción de amparo.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el accionante en amparo constitucional interpuso el recurso de apelación contra la decisión que declaró improcedente su solicitud de conversión del procedimiento voluntario de denuncia por irregularidades administrativas, en un juicio de naturaleza contenciosa. Por ello, la declaratoria de inadmisibilidad se encuentra ajustada a derecho, al verificarse el ejercicio del recurso de apelación en contra de la decisión objeto del amparo. Siendo así, visto que la parte actora disponía y utilizó la vía judicial ordinaria para impugnar el acto que presuntamente lesionó sus derechos constitucionales, la acción de amparo constitucional interpuesta resulta inadmisible, tal como lo afirmó el a quo en la sentencia apelada.
Dispositiva
CONFIRMA la sentencia dictada el 30 de marzo de 2006, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta el 1 de febrero de 2006 por el apoderado judicial de H.O. QUÍMICA, S.A., contra la decisión dictada el 3 de noviembre de 2005 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la referida circunscripción judicial.
Palabras clave
amparo constitucionalprocedimiento voluntariodenuncia de irregularidadesderechos constitucionalesrecurso de apelacióninadmisibilidaddebido proceso