Sentencia N° 130 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de abril de 2021

TSJ/SC, Sent. N° 0130, Exp. 19-0281, 30/04/2021
Expediente19-0281
PonenteARCADIO DELGADO ROSALES
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-04-30
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono de trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de amparo constitucional interpuesto por Ricardo Rodríguez G. por abandono de trámite, debido a la falta de impulso procesal durante más de seis meses. Se impone una multa de cinco mil bolívares a la parte accionante, que deberá ser pagada a la Tesorería Nacional y acreditada mediante comprobante en autos. La decisión se fundamenta en la falta de interés del accionante en continuar con el proceso.

Extracto de la motiva

no existe una necesidad imperiosa ni interés en obtener la tutela constitucional demandada, lo cual debe entenderse como un abandono del trámite que obliga a la Sala a declarar terminado el procedimiento (véase sentencias números 982 del 6 de junio de 2001, caso: José Vicente Arenas Cáceres y 734 del 12 de julio de 2010, caso: Rodolfo Igdel Lorenzo Quintero); a menos que de las denuncias contenidas en la demanda de amparo se advierta una lesión al orden público o a las buenas costumbres. Dentro de este contexto, la Sala advierte que las denuncias formuladas por el accionante no afectan el orden público, ni las buenas costumbres, ni a toda o a una parte de la colectividad, sino que sólo tienen incidencia en la esfera particular del mismo. Así pues, determinada la pérdida de interés por parte del accionante en amparo en conseguir la tutela del derecho que -según su decir- fue quebrantado, la Sala considera que ocurrió el abandono del trámite y, en consecuencia, se declara terminado el procedimiento. Así se decide.

Dispositiva

1. TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono de trámite, respecto del amparo constitucional interpuesto. 2. IMPONE a la parte accionante una multa por la cantidad de cinco mil bolívares (Bs. 5.000,00). Publíquese, regístrese y notifíquese.

Palabras clave

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