Sentencia N° 13 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de febrero de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 13, Exp. 06-0568, 18/02/2008
Expediente06-0568
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-02-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia el 18 de febrero de 2008, en la que se admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Daniela Díaz Restrepo contra la decisión de la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que había declarado con lugar un recurso de apelación del Ministerio Público. La decisión cuestionada había ordenado la apertura a juicio oral y público contra varios ciudadanos por delitos graves como violación y extorsión. La Sala, al analizar el caso, consideró que se habían violado derechos constitucionales de la demandante, tales como el derecho a la defensa y el debido proceso. En consecuencia, se acordó la medida cautelar de suspender el proceso penal en su contra hasta que se resolviera el amparo constitucional. Además, se decidió acumular otros expedientes relacionados con el caso, dada la identidad de sujetos y causas. Finalmente, la Sala ordenó la notificación de las partes intervinientes para que comparecieran a la audiencia correspondiente, reafirmando así su compromiso con la tutela judicial efectiva y el respeto a los derechos fundamentales.

Extracto de la motiva

La presente causa versa sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Daniela Díaz Restrepo contra la decisión dictada el 28 de marzo de 2006, por la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por el representante del Ministerio Público, contra la decisión dictada el 10 de febrero de 2006 por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Control del mismo Circuito Judicial Penal, que decretó el sobreseimiento del proceso penal seguido contra los ciudadanos Christián Reinaldo Narváez Escobar, Vicencio Mérida Tirado, Daniela Díaz Restrepo, David Alejandro Cavalieri Salazar y José Francisco Malavé Cordero, por la presunta comisión de los delitos de violación, actos lascivos y agavillamiento, violación y actos lascivos en grado de coautoría, violación y actos lascivos en grado de cooperación inmediata, extorsión en grado de coautoría y agavillamiento, violación y actos lascivos en grado de coautoría y violación y actos lascivos en grado de coautoría, agavillamiento y extorsión, respectivamente, previstos y sancionados en los artículos 375, cardinal 4, 377 último aparte, 378 y 287 del Código Penal, respectivamente. Ahora bien, por notoriedad judicial -página web del Tribunal Supremo de Justicia- esta Sala observa que ante la misma, cursan sendos expedientes identificados con los números 06-0673 y 06-1407, relacionados de manera idéntica, con el caso que nos ocupa.

Dispositiva

En consecuencia, se ACUMULA a la presente causa, signada con el No. 06-058, los expedientes 06-0673 y 06-1407. Se ORDENA la notificación de las partes intervinientes en la causa principal, a los efectos de que comparezcan a la Secretaría de esta Sala Constitucional a los fines de tener conocimiento de la fecha y hora en que habrá de realizarse la respectiva audiencia oral. Remítase copia de la presente decisión a la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos fundamentalesproceso penaldecisión judicialapelaciónextorsiónviolacióndebido proceso

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